Migración

Cuba ↔ México · NUT, COMAR, naturalización

Naturalización mexicana

Cómo iniciar tu naturalización mexicana

Información orientativa parafraseada de infografías oficiales de COMAR/SRE. Para cada caso consulta asesoría legal y verifica los requisitos vigentes en la página oficial de la SRE.

Información orientativa. Verifica siempre requisitos y costos vigentes en el portal oficial de la SRE.

Indispensable: tiempo de residencia

Antes de iniciar el trámite necesitas contar con una Residencia Temporal o Permanente por el tiempo que indica la ley:

2 años

Si eres de un país latinoamericano o de la Península Ibérica.

5 años

Si eres de otro país o eres persona apátrida.

La residencia temporal de estudiante no genera derechos para obtener la nacionalidad.

¿Cómo iniciar? Prepara los documentos

  • Tarjeta de Residencia Temporal o Permanente.
  • Acta de nacimiento.
  • Pasaporte original y vigente o Documento de Identidad y Viaje (DIV).
  • CURP vigente.
  • Carta de entradas y salidas del tiempo que has vivido en México.
  • Constancia de antecedentes penales federales y locales.
  • Oficio de recomendación de COMAR para naturalización.
  • Comprobante de pago a la Secretaría de Relaciones Exteriores.
  • 2 fotografías tamaño pasaporte.

Da el primer paso en línea

El Sistema de Naturalización (SINNA) de la SRE permite iniciar y dar seguimiento a tu solicitud.

Ir al portal SINNA

Guía: documentos, dónde y cuánto cuestan

La tabla es solo informativa; para más información busca asesoría legal.

Documento¿Dónde?¿Cuesta?Notas
Residencia temporal o permanenteInstituto Nacional de Migración (INM)Sí, varía según el tipo de residencia.Personas refugiadas, con protección complementaria o apátridas no tienen costo. La residencia temporal estudiante no genera derechos para la nacionalidad.
Acta de nacimiento original y apostilladaConsulados o autoridades competentes de cada país.Depende de cada país.Personas refugiadas, con protección complementaria o apátridas tienen excepción.
Pasaporte original (mínimo 6 meses de vigencia)Autoridades consulares de cada país.Depende de cada país.Personas refugiadas, con protección complementaria o apátridas tienen excepción.
Documento de Identidad y Viaje (DIV)Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).Sí, varía según temporalidad.Solo es necesario si no cuentas con pasaporte.
Carta de flujos migratoriosInstituto Nacional de Migración (INM).Sin costo.Solo es necesaria si el pasaporte tiene menos de dos años de expedición.
Carta de entradas y salidasNo se hace ante una autoridad.Sin costo.Formato disponible en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Constancia de antecedentes penales federalesSecretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.Sí, tiene costo.Puede realizarse en línea: https://constancias.oadprs.gob.mx/
Constancia de antecedentes penales localesGobierno del estado donde vives.Suele tener costo; depende de cada entidad.El trámite varía entre cada estado. Acude a las oficinas del Gobierno del Estado donde vives.
Oficio de recomendación de COMAR para naturalizaciónCOMAR o, si no hay oficina, ante el INM.Sin costo.Solo aplica para personas refugiadas o con protección complementaria.

Preguntas frecuentes

¿En cuál dependencia se realiza?

Ante la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).

¿Es gratuito?

No. El pago de derechos es de aproximadamente $9,500 MXN en 2026 (verifica la cuota vigente en el portal de la SRE).

Si soy persona reconocida como refugiada, ¿también tengo que pagar?

Sí. Nadie está exento del pago de derechos por la naturalización.

¿El trámite es en línea o presencial?

Es principalmente presencial, aunque algunos pasos (cita, formularios, pago) se realizan en línea a través del portal SINNA.

¿El proceso es individual o puede ser familiar?

Es individual. Cada integrante de la familia debe presentar su propia solicitud.

¿Es obligatorio?

No. Solicitar la naturalización no es obligatorio: es un derecho que puedes ejercer si cumples los requisitos.

¿Puedo salir del país durante los dos años antes de naturalizarme? ¿Hasta cuánto tiempo puedo permanecer en el exterior?

Sí, es posible salir del país, pero por un periodo no mayor a 180 días (6 meses) en total durante el periodo de residencia que se contabiliza para la naturalización.

Aviso importante

Los costos, requisitos y plazos pueden cambiar. Verifica siempre en el portal oficial de la SRE antes de iniciar tu trámite y, de ser posible, busca acompañamiento legal gratuito (IFDP: 800 224 2426).

Fuentes: SRE (SINNA), COMAR, INM. Última paraphrasing: contenido educativo no oficial.